
El bloque SOMOS VIDA y LIBERTAD ha presentado su proyecto propio de Reforma parcial de la
Constitución.
El proyecto aborda la mayoría de los artículos y temas habilitados a reforma. “Algunos puntos no
fueron objetos de reforma, por motivos distintos: hay ciertos artículos que creemos que no merecen
reforma -por ejemplo el artículo 112 de la Constitución-; y otros, porque la ley estableció un
sentido con el cual no estamos de acuerdo -como por ejemplo, lo que tiene que ver con los artículos
106 y 107 de régimen y autonomía municipal-”, aclaró Emiliano Peralta.
Entrando en el espíritu del texto, Peralta explicó que “es un proyecto de Constitución
tremendamente republicano en lo institucional, que en lo tributario es de carácter pro
contribuyente y en aspectos sociales o culturales es de sentido común, al que a veces se lo tilda de
conservador.”
En lo que hace a declaraciones, derechos y garantías el proyecto incorpora la neutralidad religiosa
del estado, pero asegura la libertad religiosa, el derecho de ejercerla públicamente y en oficinas
públicas y hace un reconocimiento a la labor histórica y actual de la Iglesia Católica y de otros
credos.
También especifica un sistema tributario basado en la igualdad ante la ley y el principio de legalidad
sin admitir delegación de facultades al ejecutivo, a la vez que prevé el principio de que no existe
tasa sin contraprestación efectiva y prohíbe también la doble imposición (es decir, que impuestos
municipales, provinciales y nacionales graven una misma cuestión).
Incorpora regulación sobre acción de amparo, hábeas data, derechos digitales y los derechos de
libertad de prensa, expresión y réplica.
En materia electoral, introduce ficha limpia como requisito para ejercer a cargos públicos y crea una
jurisdicción autónoma al Tribunal Electoral.
En lo que hace a los cargos electorales, limita todas las reelecciones a una sola vez y, para el caso
del gobernador, se aplica para quien asuma en 2027.
“Es importante destacar también que todos los legisladores ya no tendrán inmunidad de arresto ni
de proceso; es decir, el que comete un delito es investigado y puede ser arrestado como cualquier
hijo de vecino. La única inmunidad que se deja, es la de opinión”, resaltó el Convencional.
Siguiendo con la Legislatura, elimina la posibilidad de acuerdos tácitos a nombramientos del
ejecutivo (es decir, aquellos que son dados por el paso del tiempo ante el silencio de la legislatura) y
fija el inicio de las sesiones el 1 de Marzo y su finalización el 30 de Noviembre con posibilidad de
sesiones extraordinarias.
En lo que hace a justicia, crea un Consejo de la Magistratura encargado de la selección de jueces
basado en tribunal examinador, antecedentes y méritos, “sin presencia de miembros del poder
ejecutivo, para quitar a la política del medio” dijo Peralta y crea, como manda la Constitución
Nacional, un “órgano extrapoder” para el Ministerio Público de la Acusación (es decir, los fiscales
de la Provincia) fuera de la influencia de la Corte y del Poder Ejecutivo, pero respetando los
derechos de los trabajadores del poder judicial que hoy se desempeñan en el Ministerio Público.
Por último, incorpora disposiciones sobre servicios públicos (eficiencia, transparencia y audiencias
públicas), derechos de consumidores y usuarios, la protección del medio ambiente en armonía con
el desarrollo económico y productivo y la defensa del reclamo imprescriptible e inclaudicable sobre
la soberanía argentina en las Islas Malvinas y la Antártida Argentina.