VISTO:
La existencia de un Decreto emanado del Departamento Ejecutivo Municipal que introduce modificaciones sustanciales a una Ordenanza vigente, y

PROYECTO DE RESOLUCIÓN
CONSIDERANDO:
Que la Ley Orgánica de Municipalidades N.º 2756 establece claramente la división de poderes entre el Departamento Ejecutivo y el Concejo Deliberante;
Que las Ordenanzas son normas dictadas por el Concejo Deliberante en ejercicio de su potestad legislativa, y que gozan de superior jerarquía respecto a los actos administrativos emanados del Departamento Ejecutivo;
Que los Decretos del Ejecutivo municipal tienen por objeto reglamentar o ejecutar lo dispuesto en las Ordenanzas, pero no pueden bajo ninguna circunstancia modificarlas, suspenderlas ni derogarlas;
Que permitir al Ejecutivo modificar Ordenanzas por Decreto representaría una inaceptable violación al principio de legalidad y a la autonomía del poder legislativo local;
Que corresponde al Concejo Deliberante, como órgano representativo del pueblo, velar por el respeto del procedimiento legislativo y de las competencias que le son propias;
POR TODO ELLO, EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE VERA RESUELVE:
ARTÍCULO 1.º – Declarar que los Decretos emanados del Departamento Ejecutivo Municipal no pueden, bajo ningún concepto, modificar, suspender ni derogar Ordenanzas vigentes.
ARTÍCULO 2.º – Toda disposición normativa contenida en un Decreto que contradiga o modifique lo establecido por una Ordenanza vigente será considerada nula de nulidad absoluta, por vulnerar la jerarquía normativa y el principio de legalidad.
ARTÍCULO 3.º – Instar al Departamento Ejecutivo Municipal a respetar las competencias normativas exclusivas del Concejo Deliberante, y a remitir los correspondientes proyectos de Ordenanza cuando desee introducir modificaciones al ordenamiento legal vigente.
ARTÍCULO 4.º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, dese amplia difusión en medios de comunicación locales y archívese.
